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Adecuación a la LOPD: obligaciones legales
La LOPD establece una serie de obligaciones relativas a la recogida de los datos, consentimiento, almacenaje, conservación, uso, datos especialmente protegidos, comunicación o cesión de datos, acceso, rectificación, creación de ficheros, alta en el Registro de la Agencia de Protección de Datos, etc. Del mismo modo, se establecen las medidas que se han de adoptar obligatoriamente para garantizar la seguridad respecto de los ficheros automatizados, los centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas, programas y las personas que intervengan en el tratamiento automatizado de los datos de carácter personal. Las obligaciones legales pueden resumirse en cuatro partes:
Imposición de sanciones por la administración
La actividad de inspección de la Agencia de Protección de Datos se tradujo durante el año 2000 en 622 resoluciones definitivas en vía administrativa, con un incremento del 33 % en las sanciones. Todo ello generó la imposición de multas por un valor total de 1.939 millones de pesetas a responsables de ficheros de titularidad privada. Las inspecciones de la Agencia pueden realizarse de oficio o a partir de una denuncia. La LOPD clasifica las posibles infracciones en leves, graves y muy graves, estableciendo una gama de sanciones que van desde los 600 € (100.000 pesetas) a los 600.000 € (100 millones de pesetas). Al incremento de la actividad sancionadora de la APD durante los últimos años, hay que unir el hecho de que el desconocimiento de los requisitos legales genera infracciones que desembocan fuertes sanciones. Ventajas de la adecuación a la LOPD
La labor jurídica de adecuar la empresa a la LOPD no sólo sirve para cumplir la Ley evitando así la imposición de altas sanciones, sino también para incrementar la imagen de profesionalidad de la empresa al garantizar determinados derechos reclamados por los consumidores y clientes en toda relación empresarial:
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